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Anexo B

Anexo B — Jurisdicciones Restringidas

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Borrador — pendiente de fecha de vigencia

1. Propósito

Este Anexo B — Jurisdicciones Restringidas (el “Anexo”) es la lista única y consolidada de países en los que Alzent Digital Inc. (“ADI”) restringe, total o parcialmente, la apertura de cuentas, la emisión de tarjeta, o el acceso a servicios que dependan de un Proveedor específico. Se incorpora por referencia a la Lista de Actividades Prohibidas y Política de Riesgo de Cliente, a los Términos y Condiciones Generales, y a los Términos de Tarjeta.

Esta lista se deriva de tres fuentes que ADI hereda al operar sobre la infraestructura de sus Proveedores: la lista de prohibiciones de nuestro Socio Emisor, la lista negra del FATF aplicada a través de nuestro Proveedor de Verificación de Identidad, y las restricciones contractuales de nuestro Proveedor de Custodia MPC. La identidad de cada Proveedor se encuentra en el Anexo A — Proveedores Actuales.

2. Jurisdicciones prohibidas para toda línea de negocio

JurisdicciónFuente
CubaSocio Emisor / FATF / sanciones internacionales
IránSocio Emisor / lista negra FATF / Proveedor de Verificación de Identidad
Corea del NorteSocio Emisor / lista negra FATF / Proveedor de Verificación de Identidad
SiriaSocio Emisor / sanciones internacionales
RusiaSocio Emisor / sanciones internacionales
VenezuelaSocio Emisor / sanciones sectoriales
MyanmarSocio Emisor / lista negra FATF

3. Jurisdicciones prohibidas para el ecosistema de tarjeta

Restricción de emisión de tarjeta impuesta por el Socio Emisor; evaluar caso a caso para on/off-ramp y marketplace B2B cuando no dependan de dicho Proveedor:

4. Jurisdicciones prohibidas para custodia MPC

Restricciones contractuales del Proveedor de Custodia MPC (MSA §2.7), extendidas a cualquier línea de negocio que dependa de dicho Proveedor:

5. Jurisdicciones bajo revisión especial

JurisdicciónEstado
BoliviaExcluida de restricciones — confirmado por General Counsel de ADI; la plantilla pública del Proveedor de Custodia MPC aún la lista. Diligencia estándar.

Los residentes de países incluidos en listas de vigilancia internacional (por ejemplo, la Lista Gris del FATF) que no figuren en las tablas anteriores requieren revisión caso a caso y aprobación expresa del área de Compliance de ADI antes de la apertura de cuenta.

6. Actualización de este Anexo

ADI puede actualizar este Anexo en cualquier momento, sin necesidad de reabrir los Términos y Condiciones Generales, la Lista de Actividades Prohibidas, ni los Términos de Tarjeta, dado que todos lo incorporan por referencia. Es responsabilidad del usuario y del cliente corporativo revisarlo periódicamente. Los cambios materiales se notificarán conforme al Aviso de Comunicaciones Electrónicas.